16.11.09

Protección acústica

El DOGC de hoy publica el Decret 176/2009, de 10 de novembre, pel qual s'aprova el Reglament de la Llei 16/2002, de 28 de juny, de protecció contra la contaminació acústica. El Reglamento es de aplicación a cualquier infraestructura de transporte, instalación, maquinaria, proyecto de construcción, comportamiento o actividad de carácter pública o privada, incluida en los anexos, en todo el territorio de Catalunya, susceptible de generar contaminación acústica por ruido, por vibraciones, o por ruidos y vibraciones.

Según el artículo 2 del Decreto los principios generales de prevención, corrección y protección, de colaboración, de concienciación y de publicidad informan y presiden la actuación pública en materia de contaminación acústica.

¿Conseguiremos con esta nueva norma que administraciones y particulares se sensibilicen de una vez por todas con el problema del ruido?

6.11.09

Pagar por recurrir

La Ley Orgánica 1/2009, complementaria a la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial prevé la constitución de un depósito previo a la interposición de recursos...según dice el preámbulo de la Ley para evitar recursos sin fundamento jurídico alguno... Más trabas para ejercer el derecho de defensa, según lo veo yo.


recurso de queja 30 euros
recurso de apelación
50 euros
recurso extraordinario por infracción procesal 50 euros
recurso de casación 50 euros
recurso de revisión 50 euros


27.10.09

Rogando un indulto para Albert

Sé que mi posición no será compartida por muchos de vosotros, pero yo no creo en la pena de prisión. No creo en la rehabilitación ni en la resocialización dentro de la cárcel. Entiendo que es mucho más útil para el reo y para la sociedad una pena de multa, trabajos en beneficio de la comunidad e incluso la localización permanente o realizar lo que antes era un arresto domiciliario. Y todo esto lo reafirmo si como en el caso que me ocupa, la persona que ha de cumplir la pena está completamente integrada en la sociedad y no necesita ningún tipo de rehabilitación. En ese caso la cárcel es simplemente un castigo por unos hechos que - dada la lentitud del sistema- normalmente ocurrieron hace ya años. Entra en la cárcel una persona rehabilitada, insertada y saldrá...vete a saber qué. Un ciudadano mejor, seguro que no. Se desvirtúa así completamente el fin que la Constitución otorga a las penas "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados".

El caso que llevo entremanos es el de Albert, un chico de 23 años que ahora ha sido condenado a tres años y medio de prisión (el fiscal pedía incialmente 7 años) por los hechos que ocurrieron en Barcelona en abril de 2006, en el marco de aquel macrobotellón que seguramente muchos recordáis. No niego que hubo carreras ante los mossos, hubo cabinas de teléfono rotas e incluso contenedores incendiados. No todo lo hizo mi cliente, su delito más bien consistió en estar en el lugar equivocado, en el momento equivocado y quizás, dejarse llevar por la masa. Un error que puede truncar su vida.

Albert ahora es un joven con un contrato indefinido en una gran multinacional, está estudiando el último curso de su licenciatura universitaria, ha pagado una multa y toda la responsabilidad civil que le han exigido. No tenía ningún tipo de antecedente policial ni penal cuando ocurrieron los hechos, ni ha tenido ningún otro problema de ningún tipo en estos 3 años. A pesar de ello, el Juzgado no ha aceptado la suspensión de la pena de prisión ni su sustitución por cualquier otro tipo de pena, exigiéndole su ingreso inmediato en la cárcel.

El último cartucho que nos queda es el indulto. Y he tenido que volver a suplicar al Juzgado que mientras se tramita no se ejecute la pena privativa de libertad. En sus manos estamos. Y sé que para muchos, quizás para la mayoría, este chico debería estar dentro y pagar así sus errores.
Según lo veo yo, por su bien y el de la sociedad, ojalá no entre nunca.


15.10.09

Reconduciendo el blog


Lo he estado pensando mucho y voy a intentar retomar el blog como plataforma para escribir sobre asuntos jurídicos, sobre mi profesión y cómo la vivo y, en cualquier caso, sobre la difícil conciliación de la vida laboral y personal. Me centraré en el derecho, la criminología y en la sociología jurídica. Las ganas de compartir todo lo bueno que está pasando en mi vida personal ha provocado que me aleje un poco de los objetivos del blog. Así que a partir de ahora intentaré reconducir los contenidos que publico. Para asuntos más personales...nos vemos en el facebook.

9.10.09

El abuso y la sumisión en las relaciones afectivas

En los Juzgados de L’Hospitalet he encontrado un interesante tríptico sobre “El abuso y la sumisión en las relaciones afectivas” editado por el ayuntamiento. Me gustaría compartirlo con vosotros porque nunca está demás saber detectar estos comportamientos a tiempo...

La relación basada en la sumisión genera malestar, conflicto y desgaste personal, a la vez que disminuye la autoestima y el ánimo vital y propicia la aparición de la violencia.

Son comportamientos abusivos:

- Menospreciar, humillar y ofender a la otra persona, en público o en privado.

- Culpabilizarla por cualquier cosa.

- Desvalorizar sus acciones.

- Contradecirla sistemáticamente.

- No tener en cuenta sus demandas y sus opiniones.

- Controlar sus actividades o su vestuario.

- Pretender mantener relaciones sexuales con la pareja sin tener en cuenta sus deseos.

- Imponerle restricciones económicas.

- Aislarla de su familia y amistades.

Son comportamientos sumisos:

- Callar. “Quien calla, otorga”

- Quejarse, pero no actuar.

- Actuar en contra de los propios intereses o deseos.

- No tomar iniciativas.

- No tomar decisiones.

- Acceder a mantener relaciones sexuales cuando no apetece.

- No expresar de forma clara las opiniones, los intereses, los deseos y las dificultades.

- Dar prioridad a las necesidades de los demás antes que a las propias de forma sistemática.

Estrategias de prevención para evitar relaciones abusivas:

- Negociar soluciones.

- Comunicar los sentimientos, deseos y criterios de forma eficaz.

- Dialogar de forma respetuosa en los desacuerdos.

- No depender de la aprobación de los demás para opinar o actuar.

- Tener en cuenta los propios deseos.

- Pedir ayuda y asesoramiento.

- Aprender a tomar decisiones.

- Aprender a reconocer la propia sexualidad y a disfrutar de ella.

- Buscar tiempo y espacios propios.

- Ejercitarse en el análisis objetivo de la propia imagen y en la autovaloración.

27.9.09

Millenium

Al fin y al cabo, esta historia no va de espías y sectas estatales, sino de la violencia que se comete habitualmente contra las mujeres y de los hombres que lo hacen posible.

Millenium 3, página 780





16.9.09

No soy una extraterrestre...

Cuando explico a gente ajena a la profesión, mi fórmula para conciliar la vida laboral y familiar, a veces, me miran como si fuera una extraterrestre... Y todo porque tengo la gran suerte de poder llevarme a Carla conmigo a trabajar, así que eso es lo que hago. Con el apoyo de mi familia, acompañándome los días puntuales que tengo trabajo, puedo ir a juicios, hacer guardias, atender a clientes... En juzgados y comisarías, por el momento, se han mostrado colaboradores y todo son facilidades para mi hija y mi acompañante (normalmente mi madre o mi marido). Los clientes también se han mostrado comprensivos. Y aunque algunos compañeros te miran extrañados, muchos otros y sobre todo muchas otras te explican cómo ellas tuvieron que hacer lo mismo en su momento, y para mi consuelo - porque el sentimiento de culpa me pesa a veces por hacer pasar esas jornadas maratonianas a Carla y a mi familia - en la última guardia me encontré a otra compañera como yo, con su niño de 5 meses y su marido.

Y viendo que no soy la única que escoge esta opción me doy cuenta lo poco que costaría a nuestro Colegio de Abogados ayudarnos. Para quienes no tienen quien les acompañe, crear algún tipo de servicio adaptado a nuestras necesidades, una guardería donde con un horario absolutamente flexible (sólo los días y horas estrictamente necesarios) se pudiera dejar y recoger a los niños, o la exigir la creación de una Sala en la Ciudad de la Justicia para que nuestros acompañantes - familiares, canguros, quien sea- pudieran esperarnos, o como mínimo una Sala de Lactancia, cuya existencia di por hecho y, por el momento, no he encontrado.