6.11.09

Pagar por recurrir

La Ley Orgánica 1/2009, complementaria a la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial prevé la constitución de un depósito previo a la interposición de recursos...según dice el preámbulo de la Ley para evitar recursos sin fundamento jurídico alguno... Más trabas para ejercer el derecho de defensa, según lo veo yo.


recurso de queja 30 euros
recurso de apelación
50 euros
recurso extraordinario por infracción procesal 50 euros
recurso de casación 50 euros
recurso de revisión 50 euros


5 comentarios:

Déjà vie dijo...

Feia temps q no passava x aki. I una cosa m'ha kdat clara: quina preciositat d nena. ;)

Striper dijo...

Pues la verdad es que si es como las multas de trafioco , que ya es casi imposioble recurrirlas.

Assumpta dijo...

Calerons, calerons... ai, quin món!!

C.E.T.I.N.A. dijo...

Cada día tengo más claro que la Ley es la manera que tienen los poderosos de saltarse a la torera la Justicia

alicialia dijo...

Totalmente de acuerdo, Anna. Trabas para ejercer el derecho a la defensa y más trabajo en los juzgados ya colapsados.

Es cierto que hay algunos abogados con una tendencia enfermiza a recurrirlo todo, pero no creo que con estas pequeñas cantidades, en nuestro caso 25 euros para el recurso de reposición, vayan a desechar la idea de recurrir.

La traducción en la práctica para nosotros es que en todos los modelos de resoluciones recurribles de nuestro sistema informático (que cada juzgado tiene los suyos propios) hemos de introducir uno por uno el párrafo de la advertencia del pago, lo cual es trabajo de chinos, más diligencias de entrada de ese dinero, mandamientos de pago, etc. Conclusión, más retraso para el justiciable, que siempre es quien acaba pagando el pato.